En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Carlos Alberto Oliveros Sánchez y Verónica Del Carmen García Naspe, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 20 de diciembre del 1989, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de enero, Municipio Libertador del Distrito Federal, según acta Nº 210, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 1989.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia 23 de Enero del Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registrador Principal del Distrito Capital y al Consejo Nacional Electoral (C. N. E.), a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.