PRIMERO: Con lugar la Inhibición con fundamento en el numeral 10° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por el Dr. Eder Jesús Solarte, en su condición de Juez Titular a cargo del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contentivo del juicio que por Cobro de Bolívares, sigue el Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios, antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE), en contra de la sociedad mercantil Crediutil, C.A. –
SEGUNDO: Remítase copia certificada de la presente decisión al Juez Inhibido.