En tal sentido, y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la citada norma laboral, este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANADECARACAS, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicho convenio en los términos en que ha sido expuesta, con el ciudadano DEIVIS JOSE GUERRERO BERROTERAN, cédula de identidad No. V-20.291.773, representado por medio de su apoderado judicial abogado JOSÉ REQUENA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 20.274, con los co-demandados CONSTRUCTORA MANDALAS C.A., y a título personal en forma solidaria a los ciudadanos VICENTE MANUEL ZOTTOLA DIAZ y MARIA FATIMA NETO DE ZOTTOLA, respectivamente, representada en este acto por la abogada CAROLINA DAZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 145.71.....