este Juzgado CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada por el JUZGADO DUODÉCIMO (12º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en fecha: (30) días del mes de julio de dos mil Quince (2015). SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de Instancia. TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte recurrente demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. CUARTO: No hay condenatoria en costas a la representación de la parte actora.