Se admite parcialmente la acusación presentada por la ciudadana Fiscal 111° del Ministerio Público, Dra. CARMEN ROSA MORA, en contra del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), de 17 años de edad, titular de la cedula de Identidad Nª (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el Artículo 545 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 10/081988, estado civil Soltero, hijo de SONIA JULIETA LEON DE ARRAEZ (V) Y HENRY JOSE ARRAEZ RADA, domiciliado en avenida San Juan de Dios 3era calle el colegio casa nº 48 santa fe municipio Batuta Estado Miranda, solo por la lesiones ocasionadas al ciudadano MANUEL LEDEZMA por la comisión del delito LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, el cual fuera supuestamente cometido por el mencionado.....