este Tribunal considera satisfechos los extremos contemplados en el ordinal 7º del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual en conformidad con la norma antes referida en concordancia con el artículo 585 eiusdem, DECRETA medida preventiva de secuestro sobre el inmueble identificado como apartamento distinguido con el número 94, piso 9, de la torre "C" del Conjunta Residencial "Las Cumbres", ubicada en la Urbanización San Antonio de Los Altos, Sector Don Blas, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda,. A los fines de la práctica de la medida decretada se exhorta al Juzgado de Municipio del Municipio Los Salías de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Los Teques. (Distribuidor de turno) y remitirlo en anexo a oficio que se ha de librar a tal efecto. Facultándose para la designación de perito avaluador así como tomarle el juramento de Ley. En cuanto al pedimento de la parte demandante de que sea designada depositaria judicial del inmueble objeto de la medi.....