Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la conversión en divorcio de la separación de cuerpos, intentada por los ciudadanos RICARDO SUAREZ REAL y ANGELICA BIBIANA GONZALEZ JIMENEZ ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 y 190 del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha trece (13) de diciembre de 2002, ante la Primera Autoridad de la Parroquia Altagracia Municipio Libertador del Distrito Capital Según consta del Acta de Matrimonio Nº 47, expedida por la misma autoridad en la fecha señalada.