Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la presente solicitud, interpuesta por el ciudadano LEODAN JOSE GONZALEZ DIAZ, a favor de sus hijas la joven SSSSSSSSSS y la niña SSSSSSSSSSSSS. En consecuencia, se autoriza el registro en la Oficina de Registro Subalterno correspondiente de la cesión de los derechos de propiedad que pertenecían al ciudadano LEODAN JOSE GONZALEZ, sobre inmueble identificado con el Nro.B-11, ubicado en el piso 3 del Bloque 09, de la urbanización Caricuao UV-9, Parroquia Caricuao, del Distrito Capital, a nombre de la joven SSSSSSSS y de la niña SSSSSSSSSSS, debiendo ser representada la misma en esta operación por el ciudadano ROSMEL JOSE CEDEÑO GOMEZ, designado por este Tribunal como su Curador Especial.
Publíquese y Regístrese
Dada,.....