Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 9 de abril de 2010, por el abogado WILMEL LOPEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 06 de abril de 2010, oída en ambos efectos en fecha 06 de julio de 2010. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 12 de abril de 2010, por el abogado NOEL SANTAELLA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora. TERCERO: CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales interpusieron los ciudadanos OLINDA MERCEDES TRONCOSO TERAN y CESA.....