Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 1º de abril de 2016, por el abogado MARIO BREA en su condición de apoderado judicial de la demandante en nulidad, contra el auto de admisión de pruebas dictado en fecha 28 de marzo de 2016, por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en un solo efecto por auto de fecha 20 de abril de 2016, con motivo de la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana MICHELL CAROLINA MORA MARCHAN contra la providencia administrativa N° 0619-13 de fecha 27 de diciembre de 2013 emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" Sede Ca.....