DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA, que le fue impuesta al ciudadano que en vida respondiera al nombre de GUEVARA MORRIS CARLOS ENRIQUE, titular de la Cédula de identidad N° V- 781.678, de nacionalidad venezolana, natural de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, nació en fecha 19-10-1943, tenía 63 años de edad, fallecido el día 17-06-2007, hijo de Vicente Guevara y María Isabel Moris, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal en relación con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-
Regístrese, déjese copia, líbrese oficio dirigido al Director de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio del Interior y
Justicia, a.....