-II-
DECISIÓN
En merito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU INCOMPETENCIA SOBREVENIDAMENTE para conocer y decidir del recurso Contencioso Administrativo de Nulidad ejercido Conjuntamente Con Amparo Constitucional Cautelar, por los abogados JOSE ANTONIO SOLIS y LUIS RATTIA inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 7.988 y 34.372, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos, LUIS JOSE RATTIA, NIRSO ANTONIO BRUCES, ELBA FRANCISCA APONTE DE HERNANDEZ, PEDRO HERRERA GONZALEZ, JESÚS RAFAEL ROJAS PERFECTO y BRUNO EMILIO JEREZ CHACON; 2.923.408 y 3.733.379 y 3.503.409 y 2.156.600 y 1.176532 y 1.174.246 y 1.854.867, respectivamente, interpuesto contra el numeral 4, del artículo 13 y el artículo 107 de la Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza de la Policía Metropolitana de Caracas, p.....