V
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión de Resolución de Contrato de Arrendamiento intentada por la ciudadana NANCY YUMARI AZUAJE MONASTERIOS, en contra de la ciudadana MARGARITA MARIA TAPIAS DE YANES, ambas plenamente identificadas en la parte inicial del presente fallo.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora en virtud de haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.
TERCERO: Por cuanto la presente decisión se ha dictado fuera del lapso, se ordena la notificación de las partes, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Déjese .....