Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 30-09-2013, por el Apoderado Judicial de la contribuyente "ALIMENTOS LE BISCUIT, C.A."; constante de dos (2) folios útiles; siendo la oportunidad procesal para la admisión de dichas pruebas: 1.- MÉRITO FAVORABLE: en cuanto a este respecto el Tribunal lo INADMITE. 2.- EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS: En relación a la Prueba de Exhibición promovida en el Capítulo II del Escrito de Promoción de Pruebas, a este Tribunal le resulta forzoso para este Tribunal INADMITIR dicha prueba de exhibición de documentos. 3.- EXPERTICIA CONTABLE: A los efectos de la evacuación de la Prueba de Experticia Contable promovida en el Capítulo III del Escrito de Promoción de Pruebas, de conformidad con lo establecido en el artículo 452 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a estos procesos por remisión expresa del artículo 332 del vigente Código Orgánico Tributario, este Tribunal ordena notificar al ciudadano Procurador General de la República, en at.....