En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; UNICO: CON LUGAR, el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la Sociedad Mercantil LITHO MUNDO S.A, C.A., contra la providencia administrativa sancionatoria Nº USM/026/2013, de fecha 12 de agosto de 2013, contenida en el expediente Nº USM/006/2013, dictada por la Gerencia Regional (E) de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, órgano adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, que acordó imponer a la precitada empresa, una multa de Quinientos Ochenta y Ocho Mil, Novecientos Ochenta y Un Bolívares Fuertes (Bs.f. 588. 981, 00), por incurrir en la Infracción grave contempl.....