En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado tan solo deja constancia de la cantidad recibida por la extrabajadora (oferida) de Bs. 7.800.163,83 mediante transferencia bancaria a su cuenta N° 01080019630100069915, por dicha cantidad, de fecha 30-09-16, de la entidad bancaria Banco Provincial (se anexó copia de la trnasferencia) hecha por la empresa (oferente). Se da por terminado el presente asunto y se ordena su remisión a la unidad respectiva. Quedan a salvo a favor de la extrabajadora por cualquier diferencia que considere que existan por sus derechos laborales pudiendo acudir a la vía ordinaria laboral. Así mismo, la empresa oferente podrá oponer e imputar a la oferida el presente pago, cuando lo considere oportuno.