DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil; 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido en fechas 16 y 30 de mayo de 2017, por la abogada KARINA HERNÁNDEZ SOTO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.895, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra el fallo dictado en fecha 10 de mayo de 2017, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS para la .....