-PRIMERO: Se declara consumada LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente asunto que por COBRO DE BOLÍVARES intentara los abogados RAFAEL ÁLVAREZ VILLANUEVA y GISELLE BUTRINO REYES, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedades Mercantiles BANCO EXTERIOR, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra Sociedad Mercantil CALZADOS LA RAGAZZA, C.A., y el ciudadano SERGIO ALEJANDRO CIFUENTES RUIZ, este ultimo por su condición de fiador, todos identificados ab-initio.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, se declara EXTINGUIDO el presente proceso, con el expreso señalamiento a la parte actora, que para volver a proponer la acción que nos ocupa, deberá dejar transcurrir íntegramente el lapso previsto en el artículo 271 ejusdem.
-TERCERO: No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, ello de conformidad en lo previsto en el artículo 283 del Código de Proce.....