En relación con ello, tenemos que la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 24 de octubre de 2012, dictada en el expediente Nº 11-452, indico que en lo concerniente a los requisitos para la admisión de la demanda por el procedimiento intimatorio, en la Exposición de Motivos del Código de Procedimiento Civil, se señaló que, entre otros presupuestos procesales especiales, contempla el artículo 643, ordinal 2º eiusdem, el exigir como condición necesaria para que el juicio tuviese existencia jurídica y validez formal, la prueba escrita del derecho que se alega, a falta de la cual el Juez no admitiría la demanda. Que dicha exigencia se explicaba por sí sola y respondía a la finalidad propia del procedimiento intimatorio. Agregó dicho fallo, que la falta de ese requisito, así como de los señalados en el artículo 640 íbidem, considerados como presupuestos procesales especiales del procedimiento de intimación, si bien obligaban al Juez a negar la admis.....