Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Trigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por la parte actora, contra la experticia consignada por el Lic. Francisco Cedeño, y suficientemente asesorada a los cuales e le oyó en asociados Licenciados Eddy Lara y Eugenio Gamboa, se ordena a la empresa Sociedad Mercantil SERENOS RESPONSABLES C.A (SERECA), pagar a al ciudadano ARTURO GUARIGUATA MOYA, venezolano, mayor de edad y titular de las cedula de identidad N° 5.217.106 plenamente identificado en autos la cantidad de SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON 89/100 CENTIMOS (Bs.F. 68.192,89), tal como se detalla en la pagina 3 de este fallo, l.....