Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales incoada por el ciudadano el ciudadano JORGE LUÍS GUALDRON CARRILLO contra la Sociedad de Comercio LA LOCANDA DEL PATRIARCA, C.A., partes suficientemente identificadas a los autos, y se condena a esta última a pagar a favor de la actora los siguientes conceptos: diferencias de prestación de antigüedad y sus intereses; utilidades fraccionadas 2008; utilidades año 2009, diferencias utilidades fraccionadas 2010, diferencias vacaciones y bono vacacional vencidos 2008-2009 y fraccionados 2009-2010; bono nocturno; indemnización sustitutiva del preaviso; indemnización por despido injustificado, más los intereses de mora y la indexació.....