Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 12 de junio de 2015, por el ciudadano PEDRO JOSE LOPEZ VARGAS, Fiscal Provisorio Centésimo Trigésimo Segundo (132º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Defensa de la Mujer, contra la decisión dictada el 25 de mayo de 2015, por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decreta la omisión fiscal.
SEGUNDO: REVOCA PARCIALMENTE la decisión apelada, solo en lo atinente a la negativa de otorgar la medida de protección y seguridad contenida en el numeral 3 del artículo 90 de la Ley O.....