"...El Tribunal, vista la exposición de la parte restituida y el pedimento en ella contenido, y, en cumplimiento de la misión que le fuera conferida por el TRIBUNAL DECIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, procede a declarar RESTITUIDO el “Inmueble identificado con el Nº 183-B, ubicado en el piso 18, torre “B”, segunda etapa del Centro Residencial Parque Caracas, situado entre las Avenidas Este 0 y Este 2, con Calle Sur 21, Parroquia La Candelaria, Caracas”, y, lo coloca en posesión de la parte restituida, MARIA TERESA MAFFIA BERENGUEL, antes identificada, quien estando presente acepta y lo recibe en este acto y a su plena conformidad. El Tribunal deja constancia que las cerraduras que dan acceso al inmueble no fueron cambiadas, en razón de las llaves que fueron consignadas en autos, mediante el oficio emanado de la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público del Área Metrop.....