III
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPROMISO DE COMPRA-VENTA intentada por el ciudadano FERNANDO LEON VILORIA contra la ciudadana LUIS ANTONIO RUJANO.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE