Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- IMPROCEDENTE la oposición efectuada por la abogada Marielba Escobar Martínez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.770, actuando en su carácter de apoderada judicial del Ministerio Público, parte querellada en la presente causa, contra la medida cautelar decretada por este Tribunal mediante sentencia Nº 2013-222 en fecha 25 de septiembre de 2013.
2.- RATIFICA en todas y cada una de sus partes la medida cautelar dictada mediante sentencia Nº 2013-222 en fecha 25 de septiembre de 2013, consistente en la inclusión de la querellante al uso y disfrute de la Póliza de HCM de Seguros Qualitas C.A., que ampara el Servicio de Salud y Seguridad Social de los Fiscales, Funcionarios, Empleados y Obreros del Ministerio Público, así como también el uso y di.....