DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Revisión de Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana: Lucia del Carmen Aponte, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.329.112, en representación de sus hijos xx, contra el ciudadano: Vicente Ramón Rojo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.629.307 y fija la cantidad de un mil doscientos bolívares (Bs. 1.200,00) mensuales y el doble de la cantidad es decir dos mil cuatrocientos bolívares (Bs.2.400,00) en el meses de septiembre para útiles escolares y dos mil quinientos bolívares (Bs.2.500,00) en el mes de diciembre para estrenos decembrinos, mas el 50% de los gastos de consulta medica y medicina cuan.....