DIPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por ALAGO’S FLORISTERIA C.A contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 195-16, DE FECHA 05 DE AGOSTO DE 2016, EMANADA DE LA INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL AREA METROPOLITANA DA CARACAS mediante la cual se ordenó el reenganche y pago de salarios caídos 0de ANA MARIA CURIEL DE YRASQUIN, titular de la cédula de identidad No. 3.662.262, en el expediente N° 027-2014-01-04621. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA de dicha PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA. TERCERO: No se condena en costas.
CUMPLASE, REGISTRASE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA ANTERIOR DECISION.
Notifíquese a la Procuraduría General de la República de la presente decisión con suspensi.....