Este Juzgado Superior Séptimo (7º) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el Ministerio del Poder Popular para la Salud, en su condición de tercero interesado, contra la sentencia de fecha 02 de julio de 2018, emitida por el Juzgado Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.