En el día hábil de hoy, once (11) de Enero de 2005, siendo las 09:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos RAMON GUILLERMO CHACIN SUAREZ, apoderado judicial de la parte oferida, se deja expresa constancia de que la parte oferente no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, dándose así inicio a la audiencia preliminar. En este estado el apoderado judicial de la parte oferida RAMON GUILLERMO CHACIN SUAREZ expone: No acepto y me rehúso a recibir los referidos montos los cuales ascienden a la cantidad de CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHENTA BOLIVARES, CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (5.767.080,79), por cuanto a pesar de reconocer expresamente la oferente en el contenido de su oferta real de pago que el trabajador JOSE GIVANNI MEDINA, fue despedido injustificadamente, no consigna la cantidad correspondiente por concepto del despido injustificado del cual fue objeto de conformidad con lo preceptuado en .....