SE DICTÓ Y PUBLICÓ SENTENCIA MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA SIN LUGAR la presente acción de GUARDA, incoada por el abogado ALONSO ENRIQUE MEDINA ROA, actuando en su propio nombre y en su carácter de padre del niño --------------. En consecuencia, de conformidad con los artículos 8, 358 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, SE MANTIENE EN EL EJERCICIO DE LA GUARDA del niño ----------------, de actualmente diez (10) años de edad, a su madre, ciudadana AURORA JOSEFINA DIAZ BURGOS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V.- 6.401.520., quien la viene ejerciendo de derecho, debiendo velar por el derecho de su hijo ------------------ a ser vitado por su padre, ciudadano ALONSO MEDINA ROA y su familia paterna, con quienes el niño ha venido relacionándose