- I V -
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por Caducidad el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los abogados Edgar José Motavita Gutiérrez y José Aparicio Zambrano, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números 33.630 y 40.227, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano LUIS ALFREDO CUEVAS URBANEJA, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.232.020 contra el Reparo Nº 05-00-04-088 del Veinticuatro (24) de Marzo de Mil Novecientos Noventa y Ocho (1998), dictado por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA a través de la Dirección General de Control de la Administración Central y Descentralizada del Sector Seguridad Pública, suscrito por el ciudadano Anibal Peña Leañez, confirmado mediante decisión de Recurso Jerárquico declarado si.....