declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos Igor Guy Quiroz Rojas y Nancy del Carmen Astudillo Cedeño, debidamente asistidos por el abogado Gustavo Mosqueda, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 27.05.1985, por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Plaza del Estado Miranda, según consta en la partida de matrimonio Nº 63, la cual corre inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 1.985