"...este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara Embargado Ejecutivamente hasta por la cantidad DIEZ MIL SETECIENTOS VEINTIDOS CON 73/100 (Bs.10.722.73), el inmueble señalado por la parte ejecutante, y lo coloca en posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada LA RC, C.A., en la persona de su representante ciudadano PEDRO ARGENIS RIVAS, antes identificado, quien aceptó conforme en nombre de su representada y prestó el juramento de ley".