Con fundamento en lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por CADUCIDAD el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la Abogada ELIANA DEL MAR VELÁSQUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.369, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ VICENTE VELOZ TIRADO, titular de la cédula de identidad Nº 3.231.504, contra el FONDO DE DESARROLLO AGROPECUARIO PESQUERO, FORESTAL y AFINES (FONDAFA).