SEGUNDO: Con respecto a la prueba de informes promovida por la demandada en la parte final de su escrito de pruebas, donde solicita se oficie a la Inspectoría del Trabajo del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui. Al respecto, observa este Juzgador que la información peticionada por la demandada en dicho capítulo, corresponde a expediente administrativo de la Transacción celebrada por ambas partes. Por lo tanto a criterio de este Juzgador, los términos en que el demandante solicita la información referida no se subsumen en los supuestos a que alude en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pues dicha norma señala entre otros ". Cuando se trate de hechos que consten en documentos, libros, archivos u otros papeles que se hallen en oficinas públicas, bancos, asociaciones gremiales, sociedades civiles o mercantiles e instituciones similares, que no sean parte en el proceso, el Tribunal, a solicitud de parte, requerirá de ellos, cualquier informe sobre los hechos litigios.....