Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS interpuesta por el ciudadano CARLOS ENRIQUE REYES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad N° V.- 4.823.200 en contra de SOCIEDAD VENEZOLANA DE TURISMO VENETUR, S.A., empresa mercantil de este domicilio, creada según documento inscrito en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 10 de noviembre de 2005, bajo el Nº 6, Tomo 1.215-A-Qto.
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación a su puesto de trabajo del trabajador y el consiguiente pago de los salarios dejados de percibir con un salario de Bs. 2.800.....