Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN Y EN CONSECUENCIA EXTINGUIDA LA SOLICITUD EN RAZÓN DE LA FALTA DE INTERES PROCESAL EVIDENCIADA A LOS AUTOS, en la solicitud por NOTIFICACIÓN JUDICIAL, que incoara la ciudadana MARIA INACIA MARTINS DE VASCONCELOS, a través de sus apoderados judiciales, ambas partes identificadas suficientemente en el texto del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de carcasa Caracas, once (11) de marzo de dos mil dieciséis (2016). Años 205º de la Independencia 157º de la Federación.
LA JUEZ,
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