DECISION
Por las razones anteriormente señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 6 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la ley, acuerda: PRIMERO: DECRETA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida signada con el número 667-04, nomenclatura de este Despacho, seguida en contra de la jven adulta NOMBRE Y DATOS OMITIDOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, por la presunta comisión del delito de ROBO GEENRICO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el artículo 448 en relación al 457, en concordancia con el artículo 80 en su segundo aparte, ambos del Código Penal. SEGUNDO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA en atención a la extinción de la Prescri.....