Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente Con lugar la demandada intentada por la ciudadana CARMEN MAGALI ARCHILA contra FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE) y los grupos financieros AMAZONAS, BANCOR, BARINITAS, CONSTRUCCIÓN Y FIVECA, por Diferencia de prestaciones sociales. Se condena al FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE) a cancelarle a la actora la cantidad de VEINTISIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 27.000.000,00) por concepto de Indemnización de Daños y Perjuicios (artículo 110 de la Ley Orgánica del Trabajo),así como lo correspondiente a Intereses Moratorios y Corrección Monetaria en los términos contemplados en la parte motiva del fallo.