Visto el escrito contentivo de las pruebas promovidas por la parte actora, en fecha 29 de octubre de 2008, en la oportunidad del inicio de la Audiencia Preliminar, el cual riela a los folios N° 237 al 254, ambos inclusive, del presente expediente, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto de las mismas, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 numeral 1 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos:
I.-
De las Leyes
En relación a la reproducción de las Leyes y demás normativas contenidas en la Gaceta Oficial de fecha 09 de marzo de 1999, señaladas en el escrito de promoción de pruebas de la parte demandada y marcadas con la Letra "A", las cuales corren insertas a los folios 255 al 288, ambos inclusive, con sus vueltos, este Tribunal NIEGA su admisión, por ser las Gacetas Oficiales de la Republica Bolivariana de Venezuela una .....