En consecuencia, este Tribunal DECRETA medida de embargo preventivo sobre la sobre el BT St. Marco, de bandera panameña, N° de Registro 34502-TJ, N° de IMO: 9255244, Siglas de Unidad 3EFG8, cuyas dimensiones y arqueo son 132,10 mts de Eslora, 32.20 mts de Manga, 19,10 mts de Puntal, 28.517 Unidades de Arqueo Bruto y 12,385 Unidades de Arqueo Neto, para lo cual procede notificar mediante Oficio a la Capitanía de Puerto respectiva, a tenor de los dispuesto en el artículo 104 de la Ley de Comercio Marítimo.
Por otra parte, a los fines de la práctica de la medida acordada, la parte actora debe indicar la ubicación del buque identificado ut-supra, de manera que se pueda resolver en cuanto a la comisión y la remisión del oficio al Juzgado de Ejecución y a la Capitanía de Puertos de la Circunscripción respectiva. Es todo.-