"(...) este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBILE in limine litis la demanda por jubilación intentada por la ciudadana MARIA ELENA RIVAS EIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-8.170.927, contra la sociedad mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., en proceso de liquidación administrativa.(...)"