DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la Ciudadana la ciudadana JEZABEL OLIVA PADRON contra la entidad de trabajo CENTRO MEDICO LOIRA CA., plenamente identificadas. SEGUNDO: No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del fallo.