DISPOSITIVA.-
Con mérito a todos los razonamientos de hechos y de Derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO (5°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por diferencias de salarios caídos incoada por el ciudadano CRISTIAN HERRERA contra SGS VENEZUELA, C.A., ambas partes suficientemente identificados. En consecuencia se ordena cancelar los salarios caídos transcurridos desde la fecha de la notificación de la parte demandada, es decir el 31 de marzo de 2005 (folios N° 17-18), hasta la fecha 27 de mayo de 2005, fecha esta en la cual las partes acuerdan poner fin a la relación laboral, mediante acta transaccional (folio N° 37-38). SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida de conformidad con lo establecido en el .....