Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana OLIVIA ACEVEDO CORONADO en contra de la empresa MERCERIA Y TINTORERIA TIUNA. En consecuencia, se ordena a la empresa demandada MERCERIA Y TINTORERIA TIUNA a cancelar a la ciudadana OLIVIA ACEVEDO CORONADO la suma de QUINIENTOS SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (BS. 507.153,74) que comprende todos y cada uno de los conceptos por prestaciones sociales y demás débitos laborales arriba discriminados, más los intereses de mora, e indexación judicial que arroje la experticia complementaria del fallo. Los honorarios del experto correrá.....