Por las razones expuestas y sus fundamentos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa,, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, que rige entre los ciudadanos: JOAO ANTONIO DA FONSECA ALVAREZ y MORANNY ELENYS ZAPATA ALZURU, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-11.850.311 y V-15.349.583, respectivamente; en virtud del matrimonio contraído por ellos por ante el Despacho del Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, Araure, en fecha tres de Septiembre de 2011 (03/09/2011), según consta en Acta de Matrimonio N° 288.- Ofíciese lo conducente una vez quede firme el presente fallo, y háganse las anotaciones correspondientes en los Libros.
Declarada como ha sido la Separación de Cuerpos en divorcio.....