Vista la diligencia de fecha seis (06) de junio de dos mil dieciocho (2018), presentada por la abogada Aileen Perdomo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 130.507, actuando en su carácter de parte apoderado Judicial de la parte oferente INVERSIONES TENDER 2011, C.A., a favor de ROSIRIS GARCIA EXTREMOR; en consecuencia vista la solicitud de desistimiento realizada por la parte oferente, en los términos expuestos, este Juzgado, homologa el desistimiento del procedimiento, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público; en la oferta real de pago presentado INVERSIONES TENDER 2011, C.A., a favor de la ciudadana ROSIRIS GARCIA EXTREMOR ,dándole efecto de cosa juzgada. Y así se establece.