DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologada la Transacción presentada en fecha 04 de julio del 2006, suscrita entre los abogados en ejercicio Alfredo Bendayan Obadia, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.552, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Compañía EDIFICA LOS NARANJO, C.A., parte actora, y Jacobo Obadia Levy, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.736, actuando en su carácter de apoderado judicial de la compañía INVERSIONES CHOCARS, C.A, parte demandada en el presente juicio, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena expedir Dos (2) juegos de copias certificadas de la presente sentencia interlocutoria, una vez la parte interesada .....