-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JORGE ENRIQUE ARIAS ZAMBRANO y BELKIS DOLORES CRUZ DE ARIAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de identidad Nos. V-4.589.316 y V-6.389.838, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 19 de octubre de 1979, por ante la Junta Comunal del Municipio Baruta, en la casa "GLORIA", Carretera Los Guayabitos, Surima, Distrito Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, según se desprende del acta de matrimonio Nº 30, correspondiente al año 1979, la cual corre inserta al folio 6 del presente expediente.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de l.....