En fuerza de los razonamientos fácticos y jurídicos que han quedado expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 27 de mayo de 2008, por el abogado ROBERTO SALAZAR en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana CLAUDIA SANTIBAÑEZ, en contra del auto de fecha 22 de mayo de 2008, dictado por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional, y en consecuencia se CONFIRMA el auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte actora recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.